La candidatura de Edwin Ortega a asambleísta de Tungurahua por la alianza Minga por la Vida 2-62 fue impugnada.
En el artículo 5 del Reglamento para la inscripción de Candidaturas de Elección Popular, están las inhabilidades para ser candidatos o candidatas, y en el literal C consta que quienes deben pensiones alimenticias no pueden ser candidatos.
Basados en este artículo, el Movimiento Ecuatoriano Unido y la alianza UNES presentaron la impugnación a la candidatura de Ortega.
En rueda de prensa, Edwin Ortega argumentó que se encuentra al día con sus «obligaciones como padre», sin embargo, al revisar el sistema SUPA, aparecen deudas del 2018 por un valor cercano a los $5.000.
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