El COE Nacional, en sesión permanente del martes 09 de febrero de 2021, por
unanimidad de los miembros plenos, resolvió:
- Extender la vigencia de la modalidad de teletrabajo en las instituciones
de la Función Ejecutiva y desconcentrado hasta el 28 de febrero de 2021,
en todas aquellas actividades cuya naturaleza así lo permita y será de
responsabilidad de las máximas autoridades de cada institución asegurar
la atención y prestación de servicios públicos con el objeto de evitar
inconvenientes a la ciudadanía.
La fecha de retorno y vigencia de esta medida estará supeditada a la
evaluación que la plenaria del COE Nacional realice sobre la base de la
situación epidemiológica y de la capacidad hospitalaria, esta disposición
se analizará e informará oportunamente.
Así mismo, se exhorta a las autoridades de las demás funciones del
Estado y del sector privado, acoger esta disposición. - Mantener suspendidas las autorizaciones emitidas a las solicitudes
presentadas por el Ministerio de Educación, para el retorno progresivo a
clases presenciales de los estudiantes en las zonas urbanas, hasta el 28
de febrero de 2021.
La fecha de retorno y vigencia de esta medida estará supeditada a la
evaluación que la plenaria del COE Nacional realice sobre la base de la
situación epidemiológica y de la capacidad hospitalaria, esta disposición
se analizará e informará oportunamente. - Autorizar las solicitudes presentadas por LIGA PRO y la Federación
Ecuatoriana de Futbol, para reanudar sus campeonatos “Fixture de Liga Pro Serie “A”, y; el Torneo de Liga de Futbol Amateur Femenino Serie “A”, de conformidad a los protocolos de bioseguridad vigentes. Se mantiene la prohibición de presencia de público en los escenarios deportivos.
- Autorizar bajo la figura de plan piloto, los Planes Institucionales de
Continuidad Educativa presentadas por el Ministerio de Educación, para
el retorno progresivo a clases presenciales de los estudiantes en 168
instituciones educativas conforme el listado Anexo N°1 y Anexo N° 2.
Los representantes legales de los y las estudiantes decidirán de forma
voluntaria el retorno presencial o no a las instalaciones educativas.
Se encarga a la comisión interinstitucional conformado por Ministerio de
Educación y Ministerio de Salud Pública el seguimiento y Monitoreo de
la implementación de los Planes Institucionales de continuidad educativa
e informará de manera mensual al Comité de Operaciones de
Emergencia Nacional. - Autorizar la solicitud presentada por la Federación de Nacionalidades
SHUAR – Pastaza para implementar el retorno progresivo a clases
presenciales de los estudiantes en 22 instituciones educativas rurales,
conforme el listado Anexo Nro. 3.
Los representantes legales de los y las estudiantes decidirán de forma
voluntaria el retorno presencial o no a las instalaciones educativas. - Modificar el esquema establecido en Resolución del 21 de agosto de
2020, para que los establecimientos educativos a nivel nacional planteen
proyectos piloto de retorno progresivo a las actividades presenciales. El
Ministerio de Educación, en el debido ejercicio de sus competencias y de
manera articulada con el Ministerio de Salud Pública, a través de las
comisiones interinstitucionales revisará y aprobará los planes
institucionales de continuidad educativa PICE, y las solicitudes de retorno
progresivo y voluntario a las instalaciones educativas de manera presencial, en estricto cumplimiento de los protocolos de auto cuidado e higiene e informará las acciones realizadas de manera mensual al Comité de Operaciones de Emergencias Nacional COE-N.
- Autorizar, bajo la figura de plan piloto, las solicitudes presentadas por las
instituciones de Educación Superior, luego de conocidos los informes de
revisión por la Comisión Ocasional de Educación del Consejo de
Educación Superior, y; con base a las “Recomendaciones para el retorno
progresivo de las actividades académicas de las instituciones de
educación superior del Ecuador”, para el retorno progresivo a las
actividades académicas de las siguientes Instituciones de Educación
Superior, a partir del 01 de marzo de 2021:
a. Instituto Tecnológico Universitario Argos.
b. Universidad de las Artes.
c. Instituto Superior Tecnológico Libertad.
d. Instituto Tecnológico Superior San Isidro.
e. Universidad UTE.
f. Universidad Técnica Particular de Loja.
La fecha de autorización para el retorno a actividades presenciales y, la
vigencia de esta medida estará supeditada a la evaluación que la plenaria
del COE Nacional realice sobre la base de la situación epidemiológica y
de la capacidad hospitalaria, esta disposición se analizará e informará el
28 de febrero de 2021.
Se encarga a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación (Senescyt) y al Consejo de Educación Superior (CES), realizar
el monitoreo quincenal del pilotaje e informar de su implementación al
COE Nacional sobre sus resultados.
Dado en el Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias, en la sesión
Plenaria del COE Nacional – Virtual, el martes 09 de febrero de 2021.
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