
Una vez que el Registro Oficial publicó la sentencia de la Corte Constitucional relativa al matrimonio igualitario, la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación comunica a las parejas del mismo sexo que deseen contraer matrimonio civil pueden acercarse a la institución para conocer los requisitos, costos y agendar su cita.
SOLEMNIZACIÓN DE MATRIMONIOS EN REGISTRO CIVIL
HORARIO DE ATENCIÓN: Lunes a viernes, de 08:00 a 17:00
COSTOS: US$ 50,00 en sede; US$ 250 fuera de sede
REQUISITO BÁSICO
1. Comprobante de Pago.
2. Cédula de identidad (ambos contrayentes).
PROCEDIMIENTO A SEGUIR POR EL USUARIO
1. Solicitar el servicio en el módulo de información.
2. Acercarse a módulo de atención para entregar documentos y validar datos.
3. Cancelar el valor del trámite y solicitar un turno en el banco o punto de recaudación de
la agencia.
4. Acercarse al módulo de atención, entregar el comprobante de pago y agendar
matrimonio
5. El día del matrimonio acudir 30 minutos antes de la hora agenda.
6. Acercarse al módulo de información y tomar un turno.
7. Esperar la llamada del juez/jueza para la celebración del matrimonio civil.
TIEMPO DE EJECUCIÓN DEL TRÁMITE
30 minutos aproximadamente.
OBSERVACIONES
1. Los contrayentes deben ser mayores de 18 años.
2. Se podrá agendar con una antelación de máximo un mes y de acuerdo a disponibilidad de agenda.
3. Se requiere la presencia de uno de los contrayentes para verificación de documentos, validación de datos, pago y agendamiento del matrimonio.
4. Los contrayentes deben presentar al momento de la elaboración de actas y en la ceremonia, los originales de las cédulas o documentos de identidad (Pasaporte o Documento de identidad del país de origen este último siempre y cuando sean miembros de la CAN O UNASUR), y un testigo idóneo por cada contrayente.
5.Para el caso de extranjeros que previamente obtuvieron la cédula de identidad emitida en el Ecuador, este será el documento de identidad habilitante para el matrimonio.
6. En caso de que alguno de los contrayentes o testigos no hable el idioma español debe contar con un traductor
Nota aclaratoria: La exoneración de tarifas aplica para los ciudadanos con discapacidad del 30% o más, según lo establecido en la Ley Orgánica de Discapacidades.
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